VENTA RESTRINGIDA EN ESPAÑA. Aunque el sistema te permita añadir y pagar este producto en tu carrito de la compra, e incluso te confirme tu pedido enviándote un correo electrónico automático agradeciendo tu pedido, este producto NO SE TE ENVIARÁ NUNCA, salvo que posteriormente aportes un PEDIDO por parte de un ORGANISMO OFICIAL.
El nuevo bastón extensible GHOST es 100% polímero
Cada vez son más las POLICIAS que exigen que el bastón o tonfa sean totalmente fabricados en plástico y por lo tanto con tatal ausencia de partes metálicas. El nuevo bastón PPC45 de la prestigiosa GHOST INTERNATIONAL, fabrica este bastón de solamente 2 tramos en tecno-polímero de alta resistencia.
Venta restringida en España
El segundo aspecto es la reducción de peso. Los bastones metálicos pesan. Si sumamos el peso de cualquier cinturon policial más o menos completo, veremos que sobrepasa los 5 kg fácilmente. Eso es un lastre que sin lugar a dudas dificulta la labor policial y pone en riesgo la integridad física del agente.
Mayor diámetro. El nuevo PPC45 es de mayor diámetro precisamente para que en caso de golpeo, la energía producida en las zonas musculares de brazos y piernas sea más efectiva.
El baston PPC45 no ha sido diseñado para golpear. Es un bastón que le permitirá disuadir, reducir, presionar, luxar, conducir y en último caso golpear si es necesario al igual que un bastón metálico. Recuerda que NO DEBES golpear jamás en la cabeza, cuello y genitales. Si golpeas con el bastón porque la situación no deja más opción, debes golpear en las zonas del cuerpo con masa muscular; brazos y piernas. Golpear enérgicamente en cualquier otra zona puede causar graves daños físicos a la persona.
Principales características
Fácil de empuñar, de extender y de plegar
Fabricada en tecno-polímero TRIPOL composite.
Mecánicamente sencilla, solo 2 piezas lo que anula su mantenimiento.
Bastón muy ligero y silencioso gracias a la composición 100% polímero TRIPOL composite.
Constituida en 2 tramos tubulares moldeados sin railes, lo que permiten un apertura rápida y segura.
Mango extrusionado y sobredimensionado para un agarre excelente incluso en mojado.
Punta superior redondeada evitar generar lesiones.
Totalmente resistente a la corrosión
Dimensiones:
Plegada: 25 cm.
Extendida: 55 cm.
Peso: 400 gr
El uso del bastón extensible, sea cual sea, requiere de un curso de formación. Este curso no es obligatorio pero altamente recomendable. Existe el desconocimiento sobre las técnicas y tácticas del uso del bastón extensible policial, donde el golpeo no existe. NIDEC no hace cursos de bastón extensible para enseñar a golpear, porque golpear con un palo es innato.
Muchos de los cursos que se ofrecen en el mercado son gratuitos, o al menos así lo publicitan, aunque claro está, el precio elevado del bastón, bien puede incluir un cursito de formación. Desconfía de los cursos de formación gratuitos. Un curso para que te enseñen a golpear con el bastón es lógico que sea gratuito. Pero es que golpear con el baston policial, debería ser tu último recurso. Si recibes una formación adecuada te darás cuenta de la operatibilidad del bastón sin necesidad de golpear.
En España la Ley de Seguridad Privada, así como el Reglamento de Uniformidad del mismo, no establece el spray de defensa, el bastón extensible o la defensa eléctrica como armas reglamentarias. Lo que si prevé la Ley, es que las empresas de seguridad puedan solicitar a la Dirección General de la Policía, la autorización para el uso de las armas adicionales que se estimen oportunas según las características especiales del servicio que se vaya a prestar.
Por lo tanto, aquellas empresas de seguridad privada que crean necesario dotar con armas adicionales a su personal de seguridad, deberán solicitar dicha autorización y adjuntar la concesión cuando hagan el pedido, para que se pueda tramitar.
Los Vigilantes de Seguridad podrán adquirir a título particular los sprays de defensa homologados Sabre Red que deseen, pero no deberían portarlos cuando estén de servicio, a menos de que tengan la autorización por parte de su empresa de seguridad.
En España, este producto es un arma prohibida a civiles según el artículo 5.1, Apt C, del vigente Reglamento de Armas, (Real Decreto 137, de 29 de enero 1993). Su venta está restringida según Orden Ministerial del 28 de abril de 1982 (BOE número 112 de 11/5/1982), a los Organismos o Entidades de los que dependan los Funcionarios o el Personal de Seguridad en cuyos Reglamentos o Normas internas de actuación esté prevista su utilización.
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FAQ´S:
¿Cómo puedo estar habilitado para llevar un arma de fuego y una defensa convencional y NO una defensa extensible?
Ojalá pudiéramos responder a tan simple pregunta que nos plantean tan a menudo, pero es que al menos de forma OFICIAL no la hay. En España el bastón o defensa extensible está claramente criminalizado. Según el Legislador la defensa extensible tiene un alto potencial lesivo y por su facilidad de ocultación lo hacen especialmente peligroso. Desconocemos los motivos por los cuales la venta de cuchillos y navajas de grandes dimensiones e igualmente ocultables siguen siendo de venta libre.
¿Cómo puede ser que siendo miembro de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tenga que cumplimentar tantos papeles para adquirir una defensa legalmente, cuando resulta que cualquiera la puede pedir por Internet a Francia, Alemania y República Checa y recibirla directamente en casa en 24hrs?
Porque en España somos así. Por desgracia el Legislador no hace o no puede hacer nada por evitar las miles de entradas comunitarias de defensas extensibles en España procedentes de esos países de forma libre y sin control alguno, pero si puede, y lo hace, exigiendo a las empresas nacionales que cumplamos con la Ley de forma escrupulosa a pesar de así favorecer el comercio ilegal de estas defensas.
¿Por qué en otras comunidades de España no me ponen ningún impedimento para adquirir una defensa extensible cuando me identifico como Policía?
Pues lo desconocemos también. En principio la Ley es para todos igual, aunque si es cierto que por lo visto hay localidades en nuestro país más permisivos. Seguramente porque ante la realidad actual, uno se da cuenta de que estamos ante una falta de actualización o revisión del Reglamento de Armas en ese punto.
¿Por qué no son de venta libre en España, cuando lo son en Francia, Alemania, Andorra, Suiza, Bélgica, Rep. Checa, etc…?
Porque sus leyes estén quizás más harmonizadas a las de la Unión Europea o simplemente por que sus respectivos Reglamentos de Armas sean más coherentes ante un “arma” que no deja de ser un trozo de tubo metálico o de plástico, infinitamente menos lesivo que cualquier arma blanca de venta libre en España.
¿Por qué no está permitida la venta únicamente a Funcionarios de Policía a nivel particular en España?
Porque la Guardia Civil no quiere. A pesar de que los miembros de las FFCCSS queden excluidos en el artículo 1 del RdeA, y que el Artículo 5 excluya a los Funcionarios especialmente habilitados, muchas armerías de España, tenemos “condicionantes” en nuestras Autorizaciones Administrativas, (las hace la Delegación del Gobierno, tras informe de la Guardia Civil), para que solamente las podamos vender a Organismos mediante “Pedido Oficial” y nunca a Agentes de Policía a título particular.
¿Qué tengo que hacer para convertirme en un Funcionario especialmente habilitado?
Buena pregunta. Tampoco hay respuesta OFICIAL. Pero siempre respondemos lo mismo. Primero que su Cuerpo u Organismo reconozca y acepte (mejor si lo tiene regulado), el uso de la defensa extensible como arma de dotación policial. Luego haga un curso, a poder ser reconocido, de “manejo responsable de la defensa extensible” y con ello acuda a su Jefe y pídale una carta donde se reconozca su habilitación especial para poder usar dicha “arma”. También puede ir directamente a su Jefe saltándose todos los pasos intermedios, ya que su formación básica como Policía le cubre el uso de la defensa, luego una defensa extensible, una vez abierta, es igual que una defensa convencional.
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